{"id":9149,"date":"2022-09-10T15:18:36","date_gmt":"2022-09-10T20:18:36","guid":{"rendered":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/?p=9149"},"modified":"2022-09-12T20:23:27","modified_gmt":"2022-09-12T20:23:27","slug":"mexico-en-jaque","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/?p=9149","title":{"rendered":"M\u00e9xico en jaque"},"content":{"rendered":"<p>El presente art\u00edculo, no lo escribo como Presidente de la Mesa Directiva de la C\u00e1mara de Diputados, ni como Presidente del Congreso de la Uni\u00f3n. Lo hago, en mi car\u00e1cter de actor pol\u00edtico y militante del Partido Acci\u00f3n Nacional, como Diputado Federal, en ejercicio de mi derecho para manifestar mis opiniones a t\u00edtulo personal, como abogado y profesor de derecho, pero sobre todo como mexicano preocupado por el pa\u00eds y en uso de mi libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>Debemos defender nuestro derecho humano a la paz, y esto implica necesariamente defender la seguridad y reducir la violencia, algo que no se ha logrado incluso con la participaci\u00f3n de las fuerzas armadas en tareas de seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p>Militarizar la seguridad es agraviar a nuestras fuerzas armadas, es querer lavarse las manos como gobierno federal para cargarle a la milicia los oprobiosos resultados en seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p>Debemos defender a nuestras fuerzas armadas, no solo para que no asuman la responsabilidad del fracaso estrepitoso en seguridad p\u00fablica, sino para que no incumplan la Constituci\u00f3n y los Tratados Internacionales de los que M\u00e9xico es parte, para no contravenir las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, as\u00ed como para no desatender las recomendaciones que ha hecho el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>Antes del a\u00f1o 2019, la Fuerza Armada Permanente interven\u00eda en asuntos de Seguridad P\u00fablica, al amparo de una debatible interpretaci\u00f3n jur\u00eddica, que sosten\u00eda que contaban con facultades en casos extremos de seguridad p\u00fablica, puesto que tambi\u00e9n son responsables de la seguridad interior del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Una vez que la Corte resolvi\u00f3 invalidar la Ley de Seguridad Interior, se establecieron cinco principios que debe observar la Fuerza Armada Permanente al realizar tareas de seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p>Esos cinco principios quedaron plasmados en el art\u00edculo quinto transitorio de la reforma constitucional que crea la Guardia Nacional y son que: debe mediar una\u00a0<strong>situaci\u00f3n Extraordinaria, estar\u00a0Regulados,\u00a0Fiscalizados, Subordinados\u00a0y deben ser\u00a0Complementarios.<br \/>\n<\/strong><br \/>\nLa Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n interpret\u00f3 y defini\u00f3 ampliamente esos principios cuando resolvi\u00f3 la Acci\u00f3n de Inconstitucionalidad 6\/2018 y sus acumuladas, relativas a la Ley de Seguridad Interior, ordenamiento que finalmente anul\u00f3. La Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo lo propio en el Caso Cabrera Garc\u00eda y Montes Flores vs M\u00e9xico, el Caso J. vs Per\u00fa y el Caso Alvarado Espinoza y otros vs M\u00e9xico.<\/p>\n<p>Esas interpretaciones establecen que la intervenci\u00f3n de la Fuerza Armada Permanente s\u00f3lo puede darse de manera\u00a0<strong>extraordinaria,<\/strong>\u00a0es decir,<strong>\u00a0de forma excepcional, temporal y restringida<\/strong>. No lo puede hacer de manera ordinaria, debe darse en casos espec\u00edficos, por regiones, municipios, etc\u00e9tera, y no en todo el territorio de manera permanente.<\/p>\n<p>Otra limitaci\u00f3n que marca la Constituci\u00f3n es que el uso de la fuerza debe estar\u00a0<strong>regulado<\/strong>. Su interpretaci\u00f3n constitucional es que debe sujetarse a los principios de:\u00a0<strong>excepcionalidad, proporcionalidad, absoluta necesidad y con la capacitaci\u00f3n especializada respectiva.\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>No se trata de cumplir una ley de legislaci\u00f3n ordinaria ya vigente, como la ley aplicable a la Guardia Nacional, o la del uso de la fuerza, hoy vigentes, sino debe ser una regulaci\u00f3n espec\u00edfica que establezca los mecanismos legales y los protocolos \u2014as\u00ed lo dicen las resoluciones judiciales\u2014 que deben seguirse, de manera particular cuando la Fuerza Armada Permanente intervenga en funciones de seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p>De la misma manera, toda su actuaci\u00f3n debe estar permanentemente<strong>\u00a0fiscalizada,\u00a0mediante auditor\u00edas realizadas por instancias civiles capacitadas, independientes, no militares.\u00a0<\/strong>Por lo que no es la contralor\u00eda interna de la Secretar\u00eda de la Defensa Nacional, o del cascar\u00f3n que qued\u00f3 de la Secretar\u00eda de Seguridad P\u00fablica, quienes puedan cumplir con estas funciones.<\/p>\n<p>Las interpretaciones hechas por la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n y por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos no dejan lugar a dudas: todos los operativos que realice la Fuerza Armada Permanente en apoyo a la Guardia Nacional deben estar<strong>\u00a0subordinados a un mando civil y llevarse a cabo de manera\u00a0complementaria<\/strong>, siempre que sea estrictamente necesario y nunca el orden castrense debe imperar sobre la Guardia Nacional, que es un \u00f3rgano constitucionalmente civil, por lo tanto no pueden ser los primeros respondientes, como actualmente operan bajo el escudo de la Guardia Nacional.<\/p>\n<p>La<strong>\u00a0subordinaci\u00f3n<\/strong>\u00a0no puede salvarse mediante reformas a la ley, que resultan inconstitucionales, como las hechas recientemente y votadas en contra por toda la oposici\u00f3n, que dejan a la Secretar\u00eda de Seguridad P\u00fablica como un cascar\u00f3n inoperante. Adem\u00e1s, cuando es constatable que, desde su creaci\u00f3n, la cadena de mando bajo la cual opera la Guardia Nacional es castrense, comenzando por su Comandante General, quien es militar.<\/p>\n<p>Ocurre lo mismo con los integrantes de la Armada, adscritos a la Guardia Nacional. El art\u00edculo 29 de la Ley Org\u00e1nica de la Armada de M\u00e9xico establece que el mando de sus elementos estar\u00e1 a cargo de un integrante de la Armada. Es m\u00e1s que evidente que la disposici\u00f3n constitucional transitoria est\u00e1 violentada.<\/p>\n<p>El gobierno y el Congreso, han tomado decisiones que comprometen la actuaci\u00f3n de la Fuerza Armada Permanente, la responsabilizan y la ponen en un grav\u00edsimo riesgo.<\/p>\n<p>Es aberrante y sumamente injusto para las fuerzas armadas prorrogar esa responsabilidad por cuatro a\u00f1os m\u00e1s, hasta el a\u00f1o 2028, como ahora se propone por algunos legisladores del Partido Revolucionario Institucional. Tarde o temprano esto traer\u00e1 consecuencias y posibles sanciones, tanto en el orden interno, como en el internacional.<\/p>\n<p>A las Fuerzas Armadas se les est\u00e1 obligando a realizar tareas para las que no est\u00e1n entrenados \u2014que deben ser principalmente preventivas\u2014. Adem\u00e1s de que carecen del equipo, armamento y la doctrina para realizar esas funciones; ya se ha visto en el pasado que esto origina situaciones muy lamentables para las fuerzas armadas, infiri\u00e9ndoles un alt\u00edsimo costo totalmente evitable.<\/p>\n<p>No se puede, ni debe, ignorar la p\u00e9rdida de vidas humanas, las personas desaparecidas y el dolor de tantas familias, que hasta el d\u00eda de hoy han quedado impunes, m\u00e1xime cuando se ha advertido una y otra vez que la estrategia en materia de seguridad debe cambiar.<\/p>\n<p>Debemos evitar que se prorrogue una situaci\u00f3n totalmente ineficaz, an\u00f3mala, inconstitucional, inconvencional, am\u00e9n de que el gobierno ha reiterado una y otra vez, que no va a cambiar su estrategia, a pesar de su total fracaso, lo que igualmente es muy grave y pone en severo riesgo a nuestra democracia y a la vigencia de los derechos humanos.<\/p>\n<p>La disyuntiva no es el absurdo debate electorero que se ha planteado, de que: \u201csi el ej\u00e9rcito debe o no regresar a sus cuarteles\u201d. Las fuerzas armadas deben salvaguardar la seguridad nacional y la seguridad interior \u2014en su dimensi\u00f3n castrense\u2014por lo que el despliegue de sus efectivos debe ser permanente y estrat\u00e9gico en todo el territorio. De esta manera, se garantiza la soberan\u00eda nacional, el orden constitucional y la permanencia y continuidad del gobierno y de sus instituciones en un marco democr\u00e1tico.<br \/>\nEl gobierno federal, emanado de MORENA, debe cumplir su obligaci\u00f3n constitucional y fortalecer a la Guardia Nacional.<\/p>\n<p>Es mi deber como mexicano y legislador insistir en el fortalecimiento de una polic\u00eda nacional, con car\u00e1cter civil y alineada a los objetivos de seguridad ciudadana y a la reducci\u00f3n de la violencia. Esa s\u00ed ser\u00eda una forma de proteger a las Fuerzas Armadas y de cumplir cabalmente nuestra Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Dejo cuatro reflexiones finales:<\/p>\n<p>Primera: Si la Guardia Nacional, que es la polic\u00eda del gobierno federal, ahora depender\u00e1 operacional y estructuralmente de la Secretar\u00eda de la Defensa Nacional, \u00bfcu\u00e1l es el brazo operativo de la Secretar\u00eda de Seguridad y Protecci\u00f3n Ciudadana?, \u00bfpara qu\u00e9 nos servir\u00e1 dicha Secretar\u00eda? La verdad es que la han convertido, como he dicho, en un cascar\u00f3n.<\/p>\n<p>Segunda: \u00bfCu\u00e1l deber es mayor para un General Secretario o un Almirante Secretario?, \u00bfobedecer la Constituci\u00f3n o a su Comandante Supremo? Los dos son deberes de primer nivel, que plantean una dif\u00edcil disyuntiva, pero \u00bfqu\u00e9 pasa cuando el Comandante Supremo les pide apartarse de la Constituci\u00f3n?, \u00bfcu\u00e1l deber debe primar? En el fondo esa es la cuesti\u00f3n: el M\u00e9xico de la Constituci\u00f3n o el M\u00e9xico del Comandante Supremo. La Ley de Disciplina del Ej\u00e9rcito y Fuerza A\u00e9rea Mexicanos, en su art\u00edculo 1 Bis, es clara: \u201cel militar debe llevar el cumplimiento del deber hasta el sacrificio y anteponer al inter\u00e9s personal, el respeto a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, la soberan\u00eda de la Naci\u00f3n, la lealtad a las instituciones y el honor del Ej\u00e9rcito y Fuerza A\u00e9rea Mexicanos.\u201d<\/p>\n<p>Tercera: La pr\u00f3rroga que se plantea, no solamente extiende la actuaci\u00f3n inconstitucional e inconvencional de la Guardia Nacional y de las fuerzas armadas, tambi\u00e9n valida por cuatro a\u00f1os m\u00e1s la equivocada y fallida estrategia de seguridad p\u00fablica que el gobierno ha trazado. Ser\u00edan cuatro a\u00f1os m\u00e1s de homicidios violentos y de desapariciones con \u00edndices muy similares a los que hoy se tienen en este cuarto a\u00f1o de gobierno. No s\u00f3lo se trata de cifras, son personas, son v\u00edctimas, son familias que sufren un da\u00f1o irreparable.<br \/>\nAl estar consciente de que esto es perfectamente factible que ocurra, es incomprensible e irracional plantear una pr\u00f3rroga de esta naturaleza.<br \/>\nCuarta: Extender la participaci\u00f3n de las fuerzas armadas hasta el a\u00f1o 2028, implica comprometer m\u00e1s de la mitad del sexenio de la pr\u00f3xima administraci\u00f3n, que bien puede ser de otro partido, si as\u00ed lo determinan los electores.\u00a0\u00a0Pero no solamente eso, se perder\u00eda un tiempo valios\u00edsimo para la consolidaci\u00f3n civil de una Polic\u00eda Nacional. Tambi\u00e9n implica que, dentro de cuatro a\u00f1os, el futuro gobierno se encontrar\u00e1 en las mismas circunstancias hoy prevalecientes de absoluto fracaso y con casi media d\u00e9cada perdida, por una absurda, negligente, caprichosa e innecesaria pausa, para enfrentar el mayor mal que padece M\u00e9xico: la violencia.<\/p>\n<p>La pr\u00f3rroga logra exactamente lo contrario al objetivo que proponen en la iniciativa: proteger a las fuerzas armadas y lograr mejorar la seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p>No se logra ni lo uno, ni lo otro.<\/p>\n<p>A\u00fan estamos a tiempo de evitar este desastre. Lo que est\u00e1 en juego es el Estado de Derecho democr\u00e1tico, los derechos humanos, la pacificaci\u00f3n del pa\u00eds, la defensa de nuestras fuerzas armadas y la plena vigencia del orden civil de la seguridad p\u00fablica. De ocurrir ese da\u00f1o a M\u00e9xico, ser\u00e1 profundo e insanable.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El presente art\u00edculo, no lo escribo como Presidente de la Mesa Directiva de la C\u00e1mara de Diputados, ni como Presidente del Congreso de la Uni\u00f3n. Lo hago, en mi car\u00e1cter&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":9151,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7,9],"tags":[],"class_list":["post-9149","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacional","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9149","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=9149"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9149\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9150,"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9149\/revisions\/9150"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/9151"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=9149"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=9149"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ldpublicicdad.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=9149"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}